Información general
Información ofrecida por la web del EMES (Espacio madrileño de enseñanza superior)
Quienes estén en posesión de los títulos de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior a que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (369 KB), o títulos equivalentes, podrán acceder sin necesidad de prueba a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
A efectos de ordenar, cuando ello sea necesario, las correspondientes solicitudes, se establecerá un acceso preferente mediante la adscripción de cada uno de los títulos del punto anterior a las ramas de conocimiento en que se estructuran las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de acuerdo con lo dispuesto a continuación
documento adscripción (94 KB)
Procedimiento de admisión a partir del curso 2011-2012
Tal como se establece en el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, a partir de la admisión para el curso 2011-2012 los estudiantes que estén en posesión de los títulos de Técnico Superior, Técnico Superior Deportivo o Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño que deseen solicitar la admisión a enseñanzas universitarias en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva (es decir, que haya más solicitudes que plazas ofertadas), podrán presentarse a una fase específica especial. Las universidades públicas utilizarán para la adjudicación de plazas la nota de admisión correspondiente, que para estos alumnos se calculará según la expresión:
Nota de admisión = NMC + a·M1 + b·M2
Siendo:
NMC: Nota media del ciclo formativo de grado superior
M1, M2: Las calificaciones de los dos ejercicios superados de la fase específica (con calificación mayor o igual a 5) que otorguen al estudiante mejor nota de admisión.
a, b: parámetros de ponderación de los ejercicios de la fase específica.
Los parámetros de ponderación a y b tendrán un valor comprendido entre 0,1 y 0,2, otorgado por las Universidades en función de la idoneidad de los temarios para seguir con éxito los estudios universitarios a los que opte el estudiante.
Según la
Orden EDU/3242/2010 (249 KB), de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes, el Ministerio de Educación, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, ha considerado que la opción más equitativa y que permite una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos es hacer coincidir el contenido de la prueba específica a la diseñada con carácter general para el resto de estudiantes que, procedentes del bachillerato, opten por realizar dicha fase específica.
De conformidad con el artículo 54.2 del Real Decreto 1892/2008, la adjudicación de plazas se hará en función de la nota de admisión a las enseñanzas universitarias obtenidas por el estudiante conforme a lo dispuesto en el artículo 26. En todo caso, cuando se produzca empate para la adjudicación de plazas, tendrán opción preferente los estudiantes cuyos títulos, según el Anexo II (
documento adscripción), estén adscritos a las ramas del conocimiento en las que se encuentren las enseñanzas de grado que deseen cursar.
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