OTRAS PROFESIONES
GUARDIA CIVIL
Requisitos generales y específicosLos aspirantes a los procesos selectivos para el ingreso en el centro de formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil deberán reunir los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año de la convocatoria.
- No superar durante el año en que se publique la convocatoria la edad de cuarenta (40) años.
- Poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres, y no superior a 203 centímetros en bipedestación.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y de las pruebas que se determinen en la correspondiente convocatoria.
- Estar en posesión de los niveles de estudios requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE núm. 289).
- No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
- Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, auto mutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, según se determine en la normativa vigente en esta materia y sus normas de desarrollo.
Nota: Todo ello sin perjuicio de otras condiciones que se puedan estipular en las respectivas convocatorias
- Vídeo: ¿Cómo ingresar en la Guardia Civil?
- Especialidades de la Guardia Civil: Serie de videos muy cortos que describen las especialidades más destacadas y conocidas de la Guardia Civil.
POLICÍA NACIONAL
Requisitos:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria.
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
Requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.
f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP).
h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.
ESTUDIOS DE AVIACIÓN CIVIL
Auxiliar de Vuelo TCP
ESCUELA SUPERIOR DE ARTES Y ESPECTÁCULOS EN MADRID (TAI)
Ciclos Formativos Oficiales de Grado Superior Centro Formativo de la Cámara de Comercio de Sevilla:
- Desarrollo de Aplicaciones Web
Desarrollo de Aplicaciones Multiplaforma
Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos
Enseñanza y Animación Sociodeportiva (TSEAS-Ex-TAFAD)
Guía, Información y Asistencia Turística
Gestión de Alojamientos Turísticos (DUAL)
Técnico Superior en Sonido
Realización de Audiovisuales y Espectáculos
Técnico Superior en Producción
Administración y finanzas (DUAL)
Asistencia a la Dirección
Comercio Internacional
Gestión de Ventas y Espacios Comerciales
Marketing y Publicidad
Educación Infantil (DUAL)
BOMBERO
Nivel mínimo de titulación para ser bombero
Estas condiciones variarán en función al grupo y subgrupo al que nos presentemos, siendo por norma general las siguientes:
- Grupo A:
- A1: estar en posesión de un Grado Universitario.
- A2: estar en posesión de un Grado Universitario.
- Grupo B: estar en posesión de un título de Técnico Superior (Ciclo Formativo de Grado Superior).
- Grupo C:
- C1: estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico (C.Formativo de Grado Medio)
- C2: estar en posesión del Graduado Escolar, FP de Primer Grado o título de Graduado en ESO.
Edad
- La edad mínima para presentarse a las oposiciones a bombero será de 18 años, o 21 años en el caso de que nos presentemos a las oposiciones a bombero conductor.
Altura mínima y máxima para ser bombero
- No existe una altura mínima ni máxima salvo en casos especiales donde el puesto al que se oposita requiera un límite en cualquiera de los sentidos.
- Aunque generalmente no hay un mínimo, en algunos casos pueden pedir una altura mínima de 1’65 m.