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Cortometraje «El encargado»

Posted by Mamen en 15 diciembre 2016


Posted in ESO, Novedades, Orientación, Padres y madres, Tutoría, Vídeos | Etiquetado: | 1 Comment »

Publicado al fin el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la LOMCE

Posted by Mamen en 11 diciembre 2016


El Gobierno aprueba un Real Decreto Ley de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa

Nota de Prensa del MECD:

El Gobierno se ha fijado como objetivo alcanzar un Pacto de Estado social y político por la educación con todas las formaciones políticas y la comunidad educativa, que dote el sistema educativo de estabilidad normativa.

Con objeto de colaborar decididamente al proceso de dialogo, y en cumplimiento de los compromisos políticos asumidos, el Gobierno ha decidido ampliar el plazo para la implantación de los efectos de las evaluaciones, de manera que mientras se lleven a cabo las negociaciones, los resultados de las evaluaciones finales no tengan efecto alguno para la obtención de los títulos de ESO y de Bachillerato, y su organización y desarrollo no afecte al funcionamiento ordinario de las Administraciones educativas y de los centros docentes.

Por ello, hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, las evaluaciones finales tendrán las siguientes características:

– La evaluación final de Educación Primaria:

  • Será muestral, es decir, se realizará sólo sobre una muestra de alumnos que permite obtener datos representativos. No obstante, nada impide que las Administraciones educativas que lo decidan, continúen realizando esta prueba a todos los alumnos (censal).

– La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria:

  • Será muestral, participando únicamente en ella el alumnado matriculado en cuarto curso que haya sido seleccionado por la Administración educativa, exclusivamente por la opción cursada. La muestra de alumnos y centros deberá ser suficiente para obtener datos representativos. En cualquier caso, las Administraciones Educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales, o incluyo realizarla con carácter censal.
  • Se limitará a las materias troncales generales del último curso.
  • No tendrá efectos académicos, sino que tendrá una finalidad meramente diagnóstica. En consecuencia, su superación no será necesaria para la obtención del título de Graduado de ESO, ni sus resultados constarán en el expediente académico individual.

– La evaluación final de Bachillerato:

  • Se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios.
  • Será similar a la Prueba de Acceso a la Universidad, aunque con dos importante diferencias: Por un lado, la Evaluación tendrá por objeto las competencias en los términos establecidos en los currículos de ESO y Bachillerato aprobados en desarrollo de la LOMCE (Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre); y por otro, se avanza en la uniformidad de la prueba, que deberá ajustarse a las características, fechas y contenido que se establezcan mediante Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
  • No tendrá otros efectos académicos que los del acceso a la universidad.
  • Se limitará a las materias troncales generales del último curso, y las materias troncales de opción para subir nota.

Esta suspensión de los efectos académicos de las Pruebas no supone la paralización de las Evaluaciones, cuya realización no sólo es conveniente, en la medida en que facilita información relevante para el diagnóstico del sistema educativo, sino imprescindible en el caso del Bachillerato, para permitir el acceso de los estudiantes a las enseñanzas universitarias.

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Posted in Bachillerato, ESO, Legislación, Orientación, Pruebas | 1 Comment »

 
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